Redacción Guayaquil
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mantuvo las mismas medidas cautelares para el exvicepresidente correísta Jorge Glas. Él, a través de sus abogados había pedido ser trasladado a un hospital por su condición de salud que, aparentemente, se deteriora en la cárcel El Encuentro, en Santa Elena.

En abril de 2024, fue capturado en la embajada de México en Quito, cuando había recibido asilo diplomático. Sin embargo, un operativo policial y militar lo sacó de la sede diplomática.

México adujo violación al derecho internacional y el gobierno de Daniel Noboa calificó la postura del régimen de Claudia Sheimbaum como una intromisión en la justicia ecuatoriana porque Glas tenía sentencia en firme.

Ante la solicitud de los abogados de Glas de ampliar las medidas para que se ordenara a Ecuador su hospitalización, la CIDH desestimó la demanda y dispuso «mantener las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos».

En vista de que la situación de salud física y mental del señor Glas Espinel es variable, se requiere al Estado que, en el marco de la implementación de las medidas provisionales adoptadas, asegure que su tratamiento resulte adecuado y oportuno.

En octubre de 2025, la Corte IDH amplió las medidas cautelares en favor de Glas al instar a Ecuador a que fuese sacado de La Roca, la prisión de máxima seguridad de Ecuador en la que permanecía desde su captura, donde había tenido un aparente intento de suicidio, para ser llevado a una cárcel donde pudiera mejorar su «frágil» estado de salud física y mental. (I)

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