Redacción Quito
El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N), modificó los lineamientos de ingreso por vía aérea al país regulando la entrada de viajeros y controlar la pandemia del Covid-19.

A partir del 23h59 del 15 de julio de 2021, todos los pasajeros cuyo punto de origen, escala o tránsito sea Brasil e India deberán presentar un resultado negativo de prueba RT-PCR con 72 horas previas al embarque de su vuelo.

Este requisito es obligatorio para los viajeros independientemente de si ya se encuentran vacunados.

Además, si quienes provienen de estos dos países como punto de origen, escala o tránsito y son residentes, ciudadanos ecuatorianos o turistas deberán someterse a aislamiento preventivo por 10 días en sus domicilios o en cualquier sitio de alojamiento, independientemente del resultado de la prueba diagnóstica.

En el caso de los viajeros provenientes de otros países, deberán presentar como requisito previo al embarque el carnet de vacunación con su esquema completo y que se encuentre en vigencia con 14 días de antelación o una prueba negativa RT-PCR con 72 horas previas.

El COE decidió eliminar la prueba de antígenos como requisito de ingreso al país. La disposición será evaluada cada 15 días esta disposición.

Los ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de Transporte y Obras Públicas, y de Turismo deberán notificar esta decisión a embajadas y consulados, aerolíneas y agencias de servicios turísticos, respectivamente.

Además, en esta resolución se incluyó un exhorto a los Gobiernos Autónomos Descentralizados para reducir el aforo en las unidades de transporte público al 50 %, con la finalidad de reducir la probabilidad de contagios en estos espacios. (I)

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