Redacción Quito
El juez de la Unidad Judicial Civil de Iñaquito de Quito, Paúl Francisco Narváez Narváez, rechazó la acción de protección presentada por Álvaro Román Marquez, vocal suplente del Consejo de la Judicatura (CJ), por considerar que no hay vulneración de derechos constitucionales.
La negativa ratifica en el cargo al magistrado Fausto Murillo Fierro, quien actualmente preside el CJ.
Román Márquez pretendía que se declare la vulneración de sus derechos constitucionales, al debido proceso en las garantías del cumplimiento de las normas y derechos de las partes, la motivación y la seguridad jurídica.
En su resolución el juez menciona que la condición de vocal suplente de Román Márquez le impedía constitucionalmente presidir el CJ. Asimismo, menciona que el pleno del CJ no vulneró el dictamen de la Corte Constitucional No. 2-19-IC/19.
El juez Narváez ratifica también que la designación de Fausto Murillo fue en aplicación del inciso segundo del artículo 262 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), cuyo fin busca que la institución no quede sin quien la presida. Insiste que la convocatoria y posterior resolución No. 22-2022, para elegir al presidente del CJ, fueron legales y constitucionales.
En la resolución del juez se explica que Román Márquez no puede ser Presidente del CJ por impedimento constitucional; conforme lo establece el artículo 179 de la CRE (norma que determina conformación y quien preside el Pleno del CJ).
Los vocales del CJ cumplieron lo dispuesto en el artículo 262 del COFJ en concordancia con el artículo 179 de la CRE.
Asimismo, insiste que jamás se le desconoció la calidad de vocal a Álvaro Román, quien fue convocado a la sesión con cuya presencia e intervención legitimó lo resuelto el 3 de febrero.
Román Márquez tuvo el mismo derecho que el resto de vocales para ser elegido Presidente del CJ, más Fausto Murillo fue quien tuvo el apoyo de la mayoría del Pleno del CJ. (I)