Cuerpo legal aprobado por la Asamblea está vigente, en beneficio de quienes viven sobre asentamientos humanos de hecho.

Redacción Guayaquil
Los municipios del país deben aprobar una ordenanza municipal que les permita regularizar la tierra en espacios urbanos y rurales.

Esto, una vez que la Asamblea Nacional, aprobó hace más de un mes la Ley Orgánica de Viviendas de Interés Social y actualmente es un cuerpo legal en vigencia.

“Mis saludos a la señora alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, y que se olvide de los desalojos a las personas que viven sobre terrenos no legalizados”, dijo el legislador Salvador Quishpe, de Pachakutik, durante una reunión con moradores de sectores como Monte Sinaí, Ciudad de Dios, Las Thalias, Los Pinos, entre otros, realizada el sábado 7 de mayo del 2022, en Guayaquil.

Recordó que la ley le otorga a los municipios 60 días para que emitan una normativa simplificada que les permita la legalización del suelo hasta obtener su titularización, en zonas urbanas y rurales.

Quishpe, quien estuvo acompañado de médico Luis Serrano, activista social que defiende derechos de la gente, señaló que la ley frena los desalojos y el Cabildo que incurra en este tipo de acciones será sancionado a través de la Contraloría General del Estado.

Incluso, advirtió, que una vez terminado dicho plazo y puesta en vigencia de la ordenanza “yo mismo pediré a la señora alcaldesa una copia de la misma”.

“Hoy, a través del artículo 56 de la Ley Orgánica de Vivienda de Interés Social se señala que ni el ente rector del habita de vivienda, osea el Miduvi, ni el el gobierno central o los autónomos descentralizados, podrán proceder a desalojar a los beneficiarios que hayan cumplido la normativa vigente. No más desalojos para un pueblo que espera que sus terrenos sean legalizados”, sostuvo.

Luego de la información dados a los dirigentes de los sectores antes mencionados, Quihspe y Serrano acudieron a los territorios donde los esperaban multitudes cuyas viviendas están edificadas aún en terrenos no titularizados.

En caso de que se proceda con algún desalojo el autor de esa acción deberá reparar a la familia que le ha sido obligada a salir de su casa por la fuerza. Para esto, el cuerpo legal le dará un plazo de 6 meses para que se cumpla con la reparación. (I)

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