Redacción Guayaquil
Leonor Ramírez Campos, jueza de Unidad Judicial de Violencia contra la
Mujer o Miembros del Grupo Familiar, revocó las medidas cautelares que la Junta Cantonal de Protección Integral de Derechos de Guayaquil, dispuso a favor de la secretaria de Fiscalía, Carolina Ruiz Rendón, y en contra del jefe de Recursos de la misma institución, Luis Vera Fernández, por supuesto acoso laboral.
La decisión de la jueza Ramírez fue dictaminada el 24 de agosto del 2022 , tras recibir del informe de Trabajo Social que ella mismo mandó a realizar y donde “no se evidencia elementos de abusos de poder ni elementos de riesgo, tampoco se observa una asimetría que pueda vulnerar derechos de género”.
De esta manera, lo que se demostró fue la existencia de un conflicto laboral, según el análisis del informe remitido por la trabajadora social Marjorie Pazmiño Espinoza.
La jueza explica que desde la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y su reforma realizada en el Registro Oficial No. 175, se aprecia que la denuncia presentada por la secretaria Ruiz no se encuadra dentro del tipo penal de las contravenciones ni de delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, indicado en el artículo 159 y siguientes del COIP.
“La medidas de protección surgen cuando la funcionaria de la fiscalía denunció al Director Provincial del Guayas, sin embargo, la jueza se basó a través de un informe pericial, por tal virtud de lo expuesto se inhibe de continuar conociendo la presente causa, disponiendo remitir todo lo actuado a la autoridad que emitió las medidas administrativas y que solo se ratifica, la de salud emocional en consideración al principio de Tutela Judicial Efectiva de los derechos y evitar que las reclamaciones queden sin decisión sobre lo principal.
Por ello se resuelve las pretensiones dentro de este marco de derecho que atiende además los principios de legalidad, jurisdicción y competencia, mismos que nacen de la Constitución y la Ley. Por ello la prevención está dada a través de esta resolución”, indica la jueza. (I)
