Redacción Quito
El Consejo de la Judicatura dio cuenta de la suspensión preventiva de tres jueces de la Sala Especializada en el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado responde a la declaratoria jurisdiccional previa emitida por la Sala de lo Penal de la Corte Nacional.

El órgano de control indicó que el pasado de julio de 2026, determinó que los servidores incurrieron en error inexcusable, falta gravísima tipificada en el artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial.

Se descarta categóricamente que en este caso existan motivaciones ajenas a las competencias y facultades normativas de esta institución.

Los servidores judiciales involucrados en procesos disciplinarios cuentan con las garantías para ejercer su derecho a la defensa en el marco del debido proceso.

La gestión de esta institución se rige exclusivamente por el marco legal vigente y el principio de legalidad. No caeremos en debates de carácter político promovidos por actores y sectores interesados.

Se ha implementado un plan de contingencia inmediato que asegura que todas las causas que se encontraban a cargo de los jueces suspendidos continúen con un despacho oportuno, evitando cualquier afectación al servicio de justicia y dando una respuesta efectiva a la ciudadanía.

Ratificamos nuestro compromiso de trabajar por la transparencia, la institucionalidad y la administración de una justicia eficiente. (I)

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